La Corte Constitucional seleccionó para revisión la tutela presentada por el activista animalista Deiby Martínez Cortés contra la empresa SOLLA S.A., en un caso que podría marcar un precedente histórico en materia de transparencia, derecho a la información y protección animal en Colombia.
La Fundación Protección Canina Mundial informó que la Corte Constitucional de Colombia decidió seleccionar para revisión la acción de tutela interpuesta por el activista y defensor de los derechos animales Deiby Martínez Cortés contra la empresa SOLLA S.A., en el marco de un litigio judicial sobre la calidad y seguridad de los alimentos para perros en el país.
El anuncio se dio tras la Sala de Selección No. 7 de julio de 2025, en la cual se estudiaron 72.899 tutelas radicadas en todo el territorio nacional. De ese total, solo 32 expedientes fueron escogidos para revisión, entre ellos el proceso T-11.237.078 (Deiby Martínez Cortés vs SOLLA S.A.), bajo dos criterios principales: el carácter novedoso del asunto y la urgencia en la protección de derechos fundamentales como el acceso a la información, la salud pública y la defensa de los animales como seres sintientes.
La decisión reviste gran importancia, pues abre la posibilidad de que la Corte emita una sentencia con alcance nacional que siente jurisprudencia en aspectos como la transparencia de la industria de alimentos para animales, el derecho ciudadano a recibir información veraz sobre productos de consumo masivo y la protección de los animales como sujetos de especial amparo constitucional.
El propio activista resaltó la trascendencia del hecho. “Este no es un triunfo personal, sino un paso histórico en defensa de millones de perros y familias colombianas. La Corte Constitucional ha reconocido que aquí hay un asunto de relevancia nacional. Vamos a demostrar que el derecho a la información y la salud de los seres sintientes está por encima del secreto empresarial”, manifestó Martínez.
El caso fue asignado a la Sala Quinta de Revisión, presidida por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, que será la encargada de analizarlo de fondo.
La Fundación Protección Canina Mundial, liderada por Martínez, interpuso la acción de tutela luego de que SOLLA S.A. se negara a responder un derecho de petición radicado el 11 de marzo de 2025. En este se solicitaba información detallada sobre cinco puntos: composición y balance nutricional de sus productos, control de calidad frente a micotoxinas y bacterias, cumplimiento normativo, aspectos contables y tributarios, y procesos legales o denuncias relacionadas con la salud animal.
Aunque un juez falló a favor de la tutela ordenando a SOLLA S.A. entregar la información en 48 horas, la empresa incumplió, lo que llevó a la Fundación a promover un incidente de desacato y nuevas tutelas. Estas dieron lugar a decisiones judiciales contradictorias, lo que generó inseguridad jurídica y la necesidad de que la Corte interviniera.
Hoy, con la selección oficial del expediente, la Corte reconoce que no se trata de un caso aislado, sino de un asunto de relevancia constitucional y social que involucra la salud pública, el derecho a la información y la protección de los animales en millones de hogares colombianos.